Si eres padre o madre y llevas a tus hijos a la guardería, la declaración de la renta 2025 te ofrece una gran oportunidad para ahorrar con la deducción por gastos de guardería. Esta ventaja fiscal, ampliada en los últimos años, puede suponer hasta 1.000 € extra en tu devolución. En Veritas Gestión te explicamos cómo funciona, quién puede aprovecharla y cómo incluirla en tu renta. ¡Sigue leyendo y descubre cómo reducir tu factura fiscal!
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1. ¿Qué es la deducción por gastos de guardería en la renta?
La deducción por gastos de guardería es un beneficio fiscal introducido por la Ley 6/2018 y regulado por la Agencia Tributaria, que permite a padres o madres trabajadoras deducir hasta 1.000 € anuales por los gastos de centros de educación infantil para hijos menores de 3 años. Se suma a la conocida deducción por madre trabajadora (1.200 €), ofreciendo un alivio extra a familias con niños pequeños.
¿Qué incluye?:
- Matrícula y mensualidades en guarderías o centros autorizados.
- Gastos de comedor y actividades relacionadas con la custodia.
Dato clave: Esta deducción se aplica en la declaración de la renta del año en que se pagan los gastos (ej. gastos de 2024 en la renta 2025).
2. ¿Quién puede deducir los gastos de guardería en 2025?
Para beneficiarte de esta deducción, debes cumplir estos requisitos:
- Ser madre o padre trabajador: Estar dado de alta en la Seguridad Social (asalariados o autónomos) y cotizar por el hijo.
- Hijo menor de 3 años: La edad se cuenta al 31 de diciembre del año fiscal (ej. si cumple 3 años en 2025, deduces hasta ese día).
- Guardería autorizada: El centro debe estar registrado como educativo infantil por la administración (no valen niñeras ni ludotecas).
- Factura oficial: Necesitas justificantes con el NIF del centro y el importe pagado.
Excepciones:
- Si ambos padres trabajan, solo uno puede aplicar esta deducción (normalmente quien ya aplica la de madre trabajadora).
- Si el hijo tiene discapacidad, el límite de edad puede ampliarse (consulta con expertos).
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3. ¿Cuánto puedo deducir por guardería en la renta?
La deducción máxima es 1.000 € por hijo menor de 3 años, pero depende de:
- Gastos reales: Solo puedes deducir lo que hayas pagado, hasta el límite de 1.000 € anuales por hijo.
- Proporcionalidad: Si el niño cumple 3 años durante el año, se prorratea por meses (ej. 83,33 €/mes).
- Cotizaciones: El importe no puede superar lo cotizado a la Seguridad Social por el hijo en ese año.
Ejemplo práctico
- Situación: Madre trabajadora paga 1.200 € en guardería en 2024 por su hijo de 2 años.
- Cálculo:
- Gasto total: 1.200 €.
- Límite deducción: 1.000 €.
- Resultado: Deduce 1.000 € en la renta 2025.
- Extra: Si aplica la deducción por madre trabajadora, suma 1.200 € → Total: 2.200 €.
Nota: Si pagas menos de 1.000 € (ej. 800 €), solo deduces esa cantidad.
4. Pasos para incluir la deducción en tu declaración de renta
- Reúne documentación:
- Facturas de la guardería (con NIF del centro).
- Certificado de alta en Seguridad Social como trabajador.
- DNI/NIE del hijo y tuyo.
- Accede al borrador:
- Entra en Renta WEB desde abril de 2025 (fechas clave aquí).
- Introduce los datos:
- En el apartado “Deducciones por maternidad”, añade los gastos de guardería en la casilla correspondiente (casilla 0613 en 2024, pendiente de confirmar para 2025).
- Indica los meses de pago y el importe total.
- Revisa y presenta:
- Comprueba que el cálculo sea correcto y presenta antes del 30 de junio de 2025.
Consejo: Guarda las facturas 4 años por si la AEAT te las reclama.
5. Deducción de guardería en Cataluña 2025
En Cataluña, además de la deducción estatal por gastos de guardería (hasta 1.000 €), puedes beneficiarte de una deducción autonómica adicional en la declaración de la renta 2025, regulada por la Generalitat de Cataluña. Esta ventaja refuerza el apoyo a las familias con hijos pequeños, pero tiene requisitos específicos:
- Cuantía: Hasta 100 € por hijo menor de 3 años, adicional a los 1.000 € estatales, siempre que los gastos superen esa cantidad.
- Requisitos:
- Residir en Cataluña al 31 de diciembre de 2025.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social (trabajador por cuenta ajena o autónomo).
- Gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados por la Generalitat.
- Límite: La suma de deducciones (estatal + autonómica) no puede exceder el coste total de la guardería ni las cotizaciones a la Seguridad Social por el hijo.
Ejemplo práctico:
- Gastos de guardería en 2024: 1.500 € por un hijo de 2 años.
- Deducción estatal: 1.000 €.
- Deducción Cataluña: 100 €.
- Total deducible: 1.100 € (si las cotizaciones lo permiten).
Cómo aplicarla: En el apartado autonómico de Renta WEB (casilla específica de la Generalitat, pendiente de confirmar para 2025), introduce los datos adicionales tras añadir la deducción estatal.
6. Preguntas frecuentes sobre la deducción de guardería en renta(FAQ)
¿Pueden ambos padres deducir los gastos de guardería?
No, solo uno por hijo, normalmente la madre si ya aplica la deducción por maternidad.
¿Quién puede acceder a la deducción por gastos de guardería?
Padres o madres trabajadores (asalariados o autónomos) dados de alta en la Seguridad Social, con hijos menores de 3 años en guarderías autorizadas. Solo uno de los progenitores puede solicitarla por hijo, normalmente quien aplica la deducción por maternidad.
¿Qué pasa si mi hijo cumple 3 años en 2025?
Deduce proporcionalmente los meses previos al cumpleaños (ej. cumple en junio → 6 meses = 500 € máx.).
¿Vale cualquier guardería?
No, debe ser un centro autorizado de educación infantil. Comprueba su registro oficial.
¿Necesito estar trabajando todo el año?
No, basta con estar de alta y cotizando los meses que pagas guardería.
¿Quién se puede deducir a los hijos?
Ambos padres pueden deducir a los hijos en la renta mediante el mínimo por descendientes (2.400 €-4.500 € según el número de hijos), siempre que convivan con ellos y no tengan rentas superiores a 8.000 €. La deducción por guardería, en cambio, es exclusiva de un progenitor trabajador.
¿Quién tiene derecho al cheque guardería?
El “cheque guardería” no existe como tal en la normativa fiscal española; se confunde con la deducción por gastos de guardería (1.000 €) o el anticipo de 100 €/mes de la deducción por madre trabajadora. Tienen derecho las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años, solicitándolo vía modelo 140 en la AEAT.
¿Cuánto devuelve Hacienda por la guardería?
Hacienda devuelve hasta 1.000 € por hijo menor de 3 años por gastos de guardería, más 100 € adicionales en Cataluña si aplicas la deducción autonómica. El importe real depende de tu cuota fiscal y los gastos pagados (no supera lo cotizado a la Seguridad Social).
¿Quién tiene derecho a la deducción por gastos de guardería?
Madres o padres trabajadores con hijos menores de 3 años en centros autorizados, dados de alta en la Seguridad Social. No aplica a desempleados ni si el hijo supera esa edad durante el año (salvo prorrateo).
¿Cómo se calcula la deducción por gastos de guardería?
Se calcula tomando el menor de estos importes:
- Gastos reales pagados (máx. 1.000 € por hijo).
- Cotizaciones a la Seguridad Social por el hijo en el año.
- Prorrateo mensual (83,33 €/mes) si el hijo cumple 3 años en 2025.
Ejemplo: Gastos de 1.200 €, hijo de 2 años todo 2024 → Deducción: 1.000 €.
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Ejemplo real: Ayudamos a Ana, madre autónoma, a deducir 1.000 € por guardería y 1.200 € por maternidad, ahorrándole 600 € en su cuota. 😊
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