Si instalaste placas solares en los últimos años o estás valorando hacerlo, puedes deducirte entre el 10% y el 60% de la inversión en tu declaración de la renta. El porcentaje depende de qué deducción uses, de si tienes certificados de eficiencia energética y de si la instalación es de tu vivienda o de todo el edificio.
El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo hizo dos cosas. Prorrogó las deducciones por eficiencia energética: el 20% y el 40% en viviendas se aplican a obras pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026, y la del 60% en edificios residenciales llega hasta el 31 de diciembre de 2027. Y creó una deducción nueva del 10% (20% en edificios residenciales) para instalaciones de autoconsumo terminadas en 2026, que no exige certificado de eficiencia energética. Te explicamos cómo funciona cada una, qué documentación necesitas, qué casilla rellenar en Renta Web y los errores que más caros salen al aplicarla.
¿Qué deducciones por eficiencia energética hay en el IRPF y cuál te toca?
Para placas solares hay dos caminos en el IRPF estatal y, en una misma instalación, solo puedes usar uno. El primero son las tres deducciones por eficiencia energética de la disposición adicional 50ª de la Ley del IRPF, que exigen certificados de eficiencia energética. El segundo es la deducción del 10% por autoconsumo de la disposición adicional 62ª, que explicamos más abajo. Esta es la tabla de las tres primeras.
| Deducción | Mejora exigida | Tipos de inmueble | Base máxima anual | Periodo de obras |
|---|---|---|---|---|
| 20% | Reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración | Vivienda habitual y viviendas alquiladas o en expectativa de alquiler | 5.000 € | Pagadas hasta el 31/12/2026 |
| 40% | Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar calificación energética A o B | Vivienda habitual y viviendas alquiladas o en expectativa de alquiler | 7.500 € | Pagadas hasta el 31/12/2026 |
| 60% | Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar calificación A o B | Vivienda situada en un edificio de uso predominantemente residencial (obra en el edificio o en zonas comunes que beneficia a toda la finca) | 5.000 €/año, con un total acumulado de 15.000 € en cuatro años | Pagadas hasta el 31/12/2027 |
La fuente oficial está en la guía de deducciones por eficiencia energética de la Agencia Tributaria.
¿Sirven las placas solares para acceder a estas deducciones?
Sí, si el certificado de eficiencia energética posterior a la obra acredita la mejora que exige cada deducción. Una fotovoltaica de autoconsumo puede reducir lo bastante el consumo de energía primaria no renovable para llegar al 40% (vivienda) o al 60% (edificio), pero depende de cómo esté la vivienda antes de la obra. No lo des por hecho hasta que el técnico haga los números.
Para placas solares térmicas (agua caliente sanitaria, apoyo a calefacción) la entrada natural es la deducción del 40% si reducen el consumo de energía primaria no renovable en el porcentaje exigido.
Lo decisivo no es el tipo de placa, sino lo que diga el certificado de eficiencia energética después de la obra comparado con el de antes. Si no vas a tener esos dos certificados, la vía para placas instaladas en 2026 es la deducción del 10% por autoconsumo.
¿Qué es la deducción del 10% por autoconsumo de 2026?
La disposición adicional 62ª de la Ley del IRPF, añadida por el Real Decreto-ley 7/2026, permite deducirte el 10% de lo que pagues en 2026 por instalar placas u otros sistemas de autoconsumo eléctrico con renovables, baterías incluidas, en un inmueble de tu propiedad. Si la instalación se hace en un edificio de uso predominantemente residencial, los propietarios de sus viviendas se deducen el 20%.
- Base máxima: 5.000 € al año. Como mucho, 500 € de deducción con el 10% o 1.000 € con el 20%.
- Plazo: pagos hechos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, por una instalación que termine en 2026. Se aplica en la renta del año en que termina la instalación, es decir, en la renta 2026 que se presenta en 2027.
- Documento clave: el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) que emite el instalador, además de los permisos que exija la normativa. No hace falta certificado de eficiencia energética.
- Qué cuenta: equipos, materiales, la instalación y las obras necesarias para hacerla. Si recibes una subvención, se resta de la base.
- Cómo pagar: tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Lo pagado en efectivo no da derecho a deducción.
- Cuándo no vale: si las placas están afectas a una actividad económica, o si en esa misma instalación ya aplicas el 20%, 40% o 60%.
¿Qué te conviene más, el 10% o el 40%?
Depende de si vas a tener los dos certificados de eficiencia energética y de si la obra llega a la mejora exigida. Con una instalación de 8.000 € en tu vivienda habitual, sin subvención:
| Deducción | Qué necesitas | Base | Te deduces |
|---|---|---|---|
| 10% por autoconsumo (DA 62ª) | CIE e instalación terminada en 2026 | 5.000 € | 500 € |
| 40% por eficiencia energética (DA 50ª) | Certificado de eficiencia energética antes y después, con una reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable o calificación A o B | 7.500 € | 3.000 € |
El 40% devuelve más, pero exige pagar los dos certificados y que el de después acredite la mejora. Si la instalación no llega o no tienes el certificado de antes, el camino es el 10%. Elegir uno impide aplicar el otro a la misma instalación.
¿Cuánto te devuelve Hacienda? Ejemplos por escenario
Escenario 1: instalación solar en vivienda habitual
Coste total de la instalación: 8.000 €. Reducción del consumo de energía primaria no renovable: 35%.
- Deducción aplicable: 40%.
- Base de la deducción: limitada a 7.500 €.
- Cantidad a deducir: 40% × 7.500 € = 3.000 € de devolución.
Escenario 2: placas comunitarias en edificio residencial
Coste total del proyecto comunitario: 20.000 €. Tu cuota de participación: 5%. Inversión que te corresponde: 1.000 €. La obra alcanza calificación energética B en el edificio.
- Deducción aplicable: 60%.
- Base de la deducción: 1.000 € (dentro del límite anual de 5.000 € y del acumulado de 15.000 €).
- Cantidad a deducir: 60% × 1.000 € = 600 € de devolución por esa anualidad.
Si la obra se prolonga en el tiempo y haces aportaciones varios años, puedes ir aplicando la deducción cada ejercicio hasta agotar el límite acumulado de 15.000 €.
Escenario 3: instalación combinada con subvención autonómica
Coste de la instalación: 8.000 €. Subvención del ICAEN (Cataluña) recibida: 2.000 €.
La inversión efectiva sobre la que aplicas la deducción es la pagada de tu bolsillo, descontando la subvención: 8.000 € − 2.000 € = 6.000 €.
Si reduces el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30%, la deducción del 40% se calcula sobre 6.000 € (dentro del límite de 7.500 €): 40% × 6.000 € = 2.400 € de devolución.
Recuerda además que la propia subvención tributa como ganancia patrimonial en el IRPF salvo que esté expresamente exenta. La normativa de cada ayuda autonómica suele aclarar este punto.
El Certificado de Eficiencia Energética: la pieza que lo condiciona todo
Para aplicar cualquiera de las tres deducciones de la disposición adicional 50ª necesitas dos certificados de eficiencia energética (CEE) emitidos por técnico competente. La deducción del 10% por autoconsumo no los pide.
- Uno antes del inicio de las obras. Sirve para fijar la situación de partida.
- Uno después de las obras. Debe expedirse antes del 1 de enero del año siguiente al periodo en que apliques la deducción.
El CEE post-obra es el que demuestra la mejora exigida (7%, 30% o calificación A/B según el caso). Si no aportas estos dos certificados, la deducción no se sostiene en una comprobación de Hacienda.
El CEE caduca a los 10 años. La normativa que regula su emisión es el Real Decreto 390/2021.
Cómo declararlo en Renta Web: casillas paso a paso
Las deducciones por obras de eficiencia energética se aplican en los anexos correspondientes del IRPF en Renta Web:
- Deducción del 20% (reducción demanda calefacción/refrigeración): casillas específicas dentro del bloque de deducciones por eficiencia energética. En 2026 corresponde a la casilla 1655 y siguientes según AEAT.
- Deducción del 40% (reducción consumo energía primaria no renovable o calificación A/B): casilla 1666 y relacionadas.
- Deducción del 60% (edificios residenciales): casilla 1677, con casillas adicionales 1777 y 1778 para arrastres de bases pendientes de aplicar en años posteriores.
Renta Web te muestra el desglose paso a paso si dices que aplicarás una deducción por obras de eficiencia energética. Lo importante es tener a mano todos los datos (importes pagados, fechas, número del CEE, NIF de quien emitió la factura).
Compatibilidad con subvenciones y otras ayudas
La deducción del IRPF es compatible con subvenciones autonómicas (ICAEN en Cataluña, IVACE en Comunitat Valenciana, etc.), con las ayudas del Plan de Recuperación financiadas por fondos Next Generation y con bonificaciones del IBI que aplican muchos ayuntamientos. El plazo de ejecución de los fondos Next Generation terminó el 31 de agosto de 2026: si no tienes la ayuda ya concedida, confirma en la web de energía de tu comunidad si queda alguna convocatoria abierta antes de contar con ella.
Reglas a tener en cuenta:
- La base de la deducción es la cantidad efectivamente pagada de tu bolsillo. Si has recibido una subvención por la misma obra, debes restarla.
- La subvención recibida tributa, en general, como ganancia patrimonial en la renta del año en que la cobras, salvo exención expresa. Mira siempre la normativa específica de cada ayuda.
- Algunas ayudas Next Generation están exentas de IRPF en supuestos muy concretos. Esto se valora caso a caso.
Deducciones autonómicas por placas solares: dónde hay y cuánto suman
Algunas comunidades tienen deducciones propias en el tramo autonómico del IRPF. Se restan de la parte autonómica de la cuota, así que pueden sumarse a la estatal si cumples los requisitos de las dos. Estas son las que recoge el Manual de la Renta 2025 de la Agencia Tributaria para placas solares, autoconsumo o eficiencia energética de la vivienda:
| Comunidad autónoma | Deducción autonómica | Tope y requisitos |
|---|---|---|
| Región de Murcia | 50%, 37,5% o 25% de lo invertido en autoconsumo con renovables, según tu base imponible | Deducción máxima de 7.000 €. Vivienda habitual o alquilada en Murcia. Sin derecho desde 60.000 € de base imponible en individual o 95.000 € en conjunta. La fotovoltaica con excedentes no acogida a compensación no da derecho |
| Illes Balears | 50% de las inversiones que mejoran la sostenibilidad de una vivienda habitual (tuya o de tu inquilino), fotovoltaica de autoconsumo incluida | Base máxima de 10.000 € al año. Si es tu vivienda, base imponible de hasta 33.000 € en individual o 52.800 € en conjunta |
| Comunitat Valenciana | 40% de lo invertido en autoconsumo eléctrico o en solar térmica, biomasa o geotermia en la vivienda habitual (20% en otras viviendas) | Base máxima de 8.800 € por vivienda y año. El autoconsumo tiene que estar inscrito en el registro autonómico |
| Galicia | 15% de las obras de mejora de eficiencia energética que suban una letra la calificación de la vivienda o del edificio | Base máxima de 9.000 € por contribuyente. Informe de un técnico que justifique el salto de letra |
| Castilla y León | 15% de paneles solares térmicos y otras mejoras térmicas con renovables en la vivienda habitual | Solo si la actuación está subvencionada por un plan de vivienda. Base máxima de 20.000 € |
| Canarias | 12% de las obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual, incluida la incorporación de equipos con renovables | Base máxima de 7.000 € al año. No puede superar el 10% de la cuota íntegra autonómica. Exige certificados de calificación energética |
| Cataluña | No tiene deducción autonómica para placas solares | Las ayudas autonómicas se piden al margen del IRPF |
En el resto de comunidades de régimen común, ese manual no recoge una deducción específica por placas o eficiencia energética. Navarra y el País Vasco tienen normativa foral propia y no aparecen en él. La tabla corresponde a la renta 2025 (revisada el 5 de octubre de 2026): las comunidades cambian cuantías y requisitos cada año, así que antes de aplicarla comprueba la ficha de tu comunidad en el manual de la Agencia Tributaria.
Qué documentación tienes que conservar
Aunque no se adjunta con la declaración, Hacienda puede pedirla en una comprobación posterior. Guárdalo todo durante al menos cuatro años:
- Factura detallada de la instalación, con desglose de mano de obra y materiales.
- Justificante de pago por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Lo pagado en efectivo no da derecho a deducción.
- Certificado de Eficiencia Energética anterior a la obra.
- Certificado de Eficiencia Energética posterior a la obra, expedido en plazo.
- Si aplicas la deducción del 10% por autoconsumo, el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) en lugar de los dos certificados de eficiencia energética.
- Memoria técnica de la instalación.
- Resolución de la subvención si la recibiste, con su importe.
Errores frecuentes que vemos en oficina con la deducción por placas solares
En más de veinte años haciendo declaraciones en Veritas Gestión, estos son los fallos que se repiten cuando alguien aplica la deducción sin asesor o con uno poco especializado.
- No tener el CEE post-obra dentro de plazo. Lo más habitual. El instalador entrega la instalación, pero el técnico que firma el CEE se retrasa y, cuando llega, ya es enero del año siguiente al que tocaba deducir. Se pierde el ejercicio.
- Aplicar el 60% en una vivienda individual. El 60% es para obras en edificio residencial (zonas comunes o que beneficia al edificio entero), no para una vivienda unifamiliar aislada. Confundir las tres deducciones genera comprobaciones de Hacienda con devoluciones de la deducción más intereses.
- No restar la subvención de la base. La base de la deducción es lo pagado de bolsillo, no la inversión total. Si recibes 2.000 € de subvención sobre una obra de 8.000 €, la base máxima sobre la que calculas es 6.000 €, no 8.000 €.
- Olvidar que la subvención puede tributar. Cobras la ayuda autonómica y la das por neutra. Si no está exenta, suma a tu renta como ganancia patrimonial.
- Aplicar la deducción en el año de pago en vez del año del CEE post-obra. La deducción se imputa al periodo en el que se expide el certificado de eficiencia energética posterior a la obra, no al periodo en el que pagaste. Si pagas en 2024 pero el CEE post-obra es de 2025, deduces en la renta de 2025.
- Mezclar las deducciones de placas solares con las del coche eléctrico. Son deducciones distintas, con bases distintas. Compatibles entre sí en el mismo año, pero no se acumulan en la misma casilla.
- No conservar facturas detalladas. La factura “instalación fotovoltaica llave en mano: 8.000 €” sin desglose puede dar problemas en una comprobación. Pide siempre desglose.
Preguntas frecuentes sobre la deducción IRPF por placas solares
¿Puedo deducir placas solares instaladas en 2025 en la renta 2025?
Sí, siempre que el certificado de eficiencia energética posterior a la obra esté expedido antes del 1 de enero de 2026 y la obra cumpla la mejora exigida por la deducción que vas a aplicar (7%, 30% o calificación A/B).
¿Puedo aplicar la deducción del 10% si instalé las placas en 2025?
No. La deducción del 10% por autoconsumo solo cubre lo pagado en 2026 por instalaciones que terminen en 2026. Para placas de 2025 quedan las deducciones del 20%, 40% o 60%, con sus certificados de eficiencia energética.
¿Cuánto devuelve Hacienda por instalar placas solares?
Depende de la deducción. Con la del 10% por autoconsumo, como mucho 500 € al año (1.000 € con el 20% en edificio residencial), porque la base máxima es de 5.000 €. Con la del 40% y los dos certificados, hasta 3.000 € (40% de una base máxima de 7.500 €). En obras de edificio residencial acumuladas en varios ejercicios, la del 60% puede llegar a 9.000 € (60% sobre 15.000 € de base acumulada). A eso se suma la deducción autonómica si tu comunidad tiene una.
¿Las placas solares dan derecho a la deducción del 60%?
Solo si la obra se realiza en un edificio de uso predominantemente residencial y la instalación beneficia al edificio o a sus zonas comunes. Para una vivienda individual aislada (chalet, casa unifamiliar), la deducción aplicable es la del 40%.
¿Qué pasa si recibí una subvención por mi instalación solar?
La base sobre la que calculas la deducción es la cantidad efectivamente pagada por ti, descontando la subvención. Además, la subvención puede tributar como ganancia patrimonial en tu IRPF salvo exención expresa.
¿Puedo deducirme las placas solares si las instalé en una segunda residencia?
Depende de la deducción. La del 10% por autoconsumo sí, porque vale para cualquier inmueble de tu propiedad que no esté afecto a una actividad económica. Las del 20% y el 40% no, salvo que esa vivienda esté alquilada o en expectativa de alquiler: se limitan a la vivienda habitual y a esos casos. La del 60% se fija en el edificio: la aplican los propietarios de viviendas situadas en un edificio de uso predominantemente residencial en el que se hace la obra.
¿Cuál es la casilla de la renta para la deducción de placas solares?
En la renta de 2025, las casillas relevantes son la 1655 (20% reducción demanda), la 1666 (40% energía primaria no renovable o calificación A/B) y la 1677 (60% edificios residenciales), más casillas asociadas para arrastres pendientes. Renta Web te guía al marcar la deducción correspondiente.
¿Es compatible la deducción IRPF con las ayudas Next Generation?
Sí. Son compatibles, pero la base de la deducción se calcula sobre lo que pagas efectivamente, restando la subvención. Algunas ayudas Next Generation están exentas de IRPF en supuestos concretos. Conviene mirar la resolución oficial de cada ayuda.
¿Se puede aplicar la deducción por placas solares y la del coche eléctrico el mismo año?
Sí. Son deducciones distintas que se aplican en casillas distintas y no se acumulan ni se compensan entre sí. Si tu cuota a pagar lo permite, ambas se restan.
¿Y si soy autónomo y tengo las placas en una vivienda donde también trabajo desde casa?
Las deducciones por eficiencia energética son del tramo personal del IRPF. La parte de la instalación afecta a tu actividad económica tiene un tratamiento diferente como inversión empresarial. Conviene revisar caso por caso para no duplicar la deducción ni dejarte parte aplicable.
¿Prefieres que te la hagamos nosotros?
En Veritas Gestión hacemos la declaración de la renta de forma asistida, persona a persona, no con un software que rellena casillas a ciegas. La revisa José Luis Franco, nuestro gestor con más de 20 años de experiencia.
Si has instalado placas solares en los últimos años, revisamos contigo qué deducción te toca (10%, 20%, 40% o 60%), si tienes el certificado de eficiencia energética en plazo, si la subvención reduce tu base y qué casillas concretas rellenar en Renta Web. Si te interesa, también miramos si hay deducción autonómica aplicable en tu comunidad y si la subvención que cobraste tributa.
Puedes venir a nuestra oficina en Parets del Vallès (con cita previa) o gestionarlo por teléfono si no te queda cerca. Te explicamos cada decisión para que entiendas exactamente qué deduces y por qué.
Autor del contenido: José Luis Franco, gestor fiscal en Veritas Gestión con más de 20 años de experiencia preparando declaraciones de la renta en Parets del Vallès y comarca. Atiende a particulares, autónomos y empresas tanto en oficina como por teléfono.



