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Deducción IRPF por Placas Solares en la Renta 2025 y 2026: Qué funciona, qué está en el aire y cómo declararlo

Deducción IRPF por Placas Solares en la Renta 2025 y 2026: Qué funciona, qué está en el aire y cómo declararlo
Actualizado el 20/03/2026
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Si instalaste placas solares en los últimos años o estás valorando hacerlo, la deducción en el IRPF por obras de eficiencia energética es uno de los incentivos fiscales más potentes que existen en España. Puede suponer entre 1.000 y 3.000 euros devueltos directamente en tu declaración de la renta. Pero en 2026 hay una situación normativa que conviene entender bien antes de tomar decisiones: la prórroga que ampliaría estas deducciones a obras realizadas en 2025 y 2026 ha sido aprobada dos veces por el Gobierno y derogada dos veces por el Congreso. Te explicamos el estado real de la norma, qué puedes aplicar con seguridad en la campaña de renta 2026 y qué está pendiente de confirmación.

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1. Marco normativo: qué está vigente y qué está en el aire en marzo de 2026

Esta es la primera pregunta que cualquier contribuyente, y cualquier asesor responsable, debe responder antes de hablar de porcentajes o casillas.

Lo que está confirmado para la renta 2025 (campaña de abril-junio 2026)

La deducción por obras de eficiencia energética se aplica, sin ninguna duda, sobre las obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025, con el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) posterior emitido antes del 1 de enero de 2026. Esto está regulado por el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, y la web de la Agencia Tributaria lo confirma con esos plazos exactos.

Si cumples esa condición; obra realizada, pagada y con CEE en regla antes de que terminara 2025, tienes derecho a la deducción en la renta 2025 sin ninguna incertidumbre.

Para la deducción del 60% en edificios residenciales, el plazo de obras se extendía hasta el 31 de diciembre de 2025 y el CEE posterior debía emitirse antes del 1 de enero de 2026, según el RDL 8/2023. Misma conclusión: si cumpliste en tiempo, la deducción aplica en renta 2025.

Lo que está en el aire para obras de 2025 y 2026 (sin CEE en regla antes de 2026)

El RDL 16/2025, de 23 de diciembre de 2025, intentó prorrogar las deducciones hasta el 31 de diciembre de 2026 (viviendas) y 2027 (edificios). Fue derogado por el Congreso el 27 de enero de 2026.

El RDL 2/2026, de 3 de febrero, volvió a introducir la misma prórroga, con efectos desde el 1 de enero de 2025. También fue derogado por el Congreso el 27 de febrero de 2026 (BOE de 28 de febrero).

A fecha de hoy, 20 de marzo de 2026, no existe ninguna norma vigente que haya prorrogado las deducciones más allá del plazo fijado por el RDL 8/2023. Eso no significa que no vaya a aprobarse: la medida cuenta con amplio apoyo político y expertos como Cuatrecasas señalan que no es descartable que el Gobierno la reapruebe antes de que acabe 2026. Pero en este momento no está vigente.

Consecuencia práctica:

  • Si instalaste y pagaste placas solares en 2025, y ya tienes el CEE posterior emitido antes del 1 de enero de 2026: puedes deducir en la renta 2025 sin ninguna duda.
  • Si instalaste en 2025 pero el CEE se emitió en 2026: tu deducción dependería de que la prórroga se apruebe antes de que presentes la declaración. Situación de incertidumbre.
  • Si estás planeando instalar en 2026: espera a que haya confirmación normativa antes de tomar la decisión fiscal.

⚠️ Aviso importante: la situación normativa puede cambiar antes de que abra la campaña de renta en abril de 2026. En Veritas Gestión hacemos un seguimiento continuo de las novedades fiscales. Consúltanos tu caso concreto antes de presentar tu declaración.

2. ¿Qué deducciones existen y cuánto puedes recuperar?

La Disposición Adicional 50ª de la Ley del IRPF (Ley 35/2006), modificada por la Ley 10/2022, de 14 de junio, establece tres deducciones distintas según el tipo de mejora energética acreditada. Son incompatibles entre sí para la misma obra: solo puedes elegir una.

Deducción del 20%: reducción de demanda de calefacción y refrigeración

  • Qué exige: reducir en al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda, acreditado mediante CEE.
  • Dónde aplica: vivienda habitual o vivienda arrendada (o en expectativa de alquiler antes del 31/12/2025 según RDL 8/2023).
  • Base máxima: 5.000 € por vivienda y año.
  • Devolución máxima: 1.000 € (20% de 5.000 €).
  • Plazo de obras (según RDL 8/2023): hasta el 31/12/2024, con CEE posterior antes del 1/1/2025. Para obras de 2025: pendiente de confirmación normativa.

Las instalaciones fotovoltaicas pueden contribuir a esta reducción del 7% en demanda, pero habitualmente combinadas con otras mejoras de la envolvente térmica. El solo hecho de instalar placas solares raramente produce este efecto de forma aislada.

Deducción del 40%: reducción del 30% en consumo de energía primaria no renovable

  • Qué exige: reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o lograr una calificación energética A o B, acreditado con CEE.
  • Dónde aplica: vivienda habitual o vivienda arrendada.
  • Base máxima: 7.500 € por vivienda y año.
  • Devolución máxima: 3.000 € (40% de 7.500 €).
  • Plazo de obras (según RDL 8/2023): hasta el 31/12/2024, con CEE posterior antes del 1/1/2025.

Esta es la deducción más habitual para instalaciones fotovoltaicas en vivienda individual, porque una instalación bien dimensionada puede reducir el consumo de energía primaria no renovable en más de un 30% o permitir alcanzar la letra A o B en el CEE.

Deducción del 60%: rehabilitación energética de edificios residenciales

  • Qué exige: reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable del edificio, o lograr calificación A o B, acreditado con CEE del edificio.
  • Dónde aplica: cualquier vivienda en edificios residenciales (incluidas segundas residencias y plazas de garaje anejas). También instalaciones fotovoltaicas comunitarias.
  • Base máxima: 5.000 € por año y por contribuyente, con un máximo acumulado de 15.000 € en cuatro ejercicios.
  • Devolución máxima: 3.000 € al año, hasta 9.000 € en total.
  • Plazo de obras (según RDL 8/2023): hasta el 31/12/2025, con CEE posterior antes del 1/1/2026.
  • Aplica en renta 2025 si ya dispones del CEE posterior emitido en 2025.

Esta es la deducción más relevante para comunidades de propietarios que instalan paneles solares en el edificio. Cada propietario calcula su parte proporcional según su coeficiente de participación.

3. ¿Sirven las placas solares para acceder a estas deducciones?

Sí, pero con una condición fundamental: no basta con instalar los paneles. Lo que da derecho a la deducción es acreditar la mejora energética mediante el Certificado de Eficiencia Energética. Si el CEE posterior no refleja una reducción del 7% en demanda (20%), del 30% en consumo (40%) o la obtención de letra A/B, no hay deducción, aunque la instalación sea perfectamente válida.

Las instalaciones fotovoltaicas pueden generar derecho a la deducción del 40% cuando están bien dimensionadas y reducen el consumo de energía primaria no renovable en los niveles exigidos. También pueden contribuir a la deducción del 60% en actuaciones colectivas de edificios.

Lo que no suele dar derecho a la deducción del 20% es una instalación solar aislada, porque ese tramo mide reducción de demanda de calefacción y refrigeración, no de consumo energético general.

4. Cuánto devuelve Hacienda: tabla por escenarios

Tipo de instalaciónPorcentaje deducibleBase máximaDevolución máxima
Placas solares en vivienda habitual (reducción 30% consumo o letra A/B)40%7.500 €/año3.000 €
Placas solares comunitarias en edificio (reducción 30% consumo o letra A/B)60%5.000 €/año3.000 €/año (máx. 9.000 €)
Mejoras combinadas que reducen demanda 7% (envolvente + solar)20%5.000 €/año1.000 €

Si recibes subvenciones (Next Generation, autonómicas, municipales), el importe subvencionado se descuenta de la base deducible.

Ejemplo práctico 1: Instalación solar en vivienda habitual

Jorge instala placas solares en su vivienda en Barcelona en 2024 por 9.000 €. Tras la instalación, el CEE certifica una reducción del 35% en consumo de energía primaria no renovable. El CEE se emite en noviembre de 2024.

  • Coste de la instalación: 9.000 €
  • Subvención Next Generation recibida: 2.000 €
  • Base deducible: 9.000 € − 2.000 € = 7.000 € (límite: 7.500 €)
  • Deducción del 40%: 7.000 € × 40% = 2.800 € devueltos en la renta 2024

Ejemplo práctico 2: Paneles solares comunitarios en edificio

La comunidad de propietarios de un edificio en Barcelona instala paneles fotovoltaicos comunes en 2025 por 80.000 €. Se acredita una reducción del 32% en consumo del edificio. El CEE se emite en octubre de 2025.

Elena tiene un coeficiente del 8%: 80.000 € × 8% = 6.400 € de gasto imputable.

  • Base anual máxima: 5.000 €
  • Elena puede aplicar 5.000 € × 60% = 3.000 € en la renta 2025
  • El exceso de 1.400 € (6.400 − 5.000 €) puede trasladarse a ejercicios siguientes (hasta el límite de 15.000 € total por propietario)

Ejemplo práctico 3: Instalación con subvención autonómica (Cataluña)

Raquel instala placas en su vivienda habitual en Parets del Vallès en 2024. Coste: 6.000 €. Recibe una subvención de la Generalitat de 1.500 €. CEE posterior certifica reducción del 31% de consumo primario no renovable.

  • Base estatal deducible: 6.000 € − 1.500 € = 4.500 €
  • Deducción estatal 40%: 4.500 € × 40% = 1.800 €
  • Deducción autonómica Cataluña (1,5% sobre 4.500 €): 67,5 €
  • Total ahorro fiscal: 1.867,5 € + el ahorro en factura eléctrica + las bonificaciones en IBI si las solicita al ayuntamiento

5. El Certificado de Eficiencia Energética: la pieza que lo condiciona todo

El CEE no es un trámite opcional. Sin él, la deducción no existe, aunque hayas invertido 15.000 euros en la instalación.

Necesitas dos certificados:

  1. CEE previo: refleja el estado energético del inmueble antes de las obras. No puede tener más de dos años de antigüedad en el momento de iniciar las obras.
  2. CEE posterior: acredita la mejora lograda. Es el que determina qué deducción aplica (20%, 40% o 60%) y en qué ejercicio se declara. La fecha de emisión de este certificado es la que decide en qué declaración anual puedes aplicar la deducción.

Lo que emite el técnico del CEE posterior debe reflejar expresamente:

  • La letra energética anterior y la nueva
  • El porcentaje de reducción de consumo de energía primaria no renovable
  • El porcentaje de reducción en demanda de calefacción y refrigeración (si aplicas el 20%)

El certificado debe estar registrado ante el organismo competente de la comunidad autónoma (en Cataluña, el ICAEN). Sin registro oficial, Hacienda puede rechazar la deducción en una comprobación posterior.

6. Cómo declararlo: casillas en Renta WEB

En Renta WEB, el apartado se llama “Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas”. Lo encontrarás en el bloque de Deducciones generales de la cuota.

Las casillas principales son:

  • 1655 a 1680: datos de la obra y del certificado energético (referencia catastral, fechas del CEE, importes, tipo de deducción)
  • 1772 a 1779: deducción calculada aplicada sobre la cuota

El programa solicita:

  1. Referencia catastral del inmueble
  2. Fecha del CEE anterior y del CEE posterior
  3. Letra energética anterior y posterior
  4. Porcentaje de reducción de consumo (o demanda, según el tipo)
  5. Importe total pagado (sin subvenciones)
  6. Porcentaje de titularidad del inmueble

Renta WEB calcula automáticamente la deducción una vez introducidos los datos. En comunidades de propietarios, el importe base de cada contribuyente se calcula multiplicando el gasto total de la comunidad por el coeficiente de participación.

Consulta las fechas clave de la campaña de la renta 2026 para no perder ningún plazo.

7. Compatibilidad con subvenciones y otras ayudas

Una instalación solar puede haberse beneficiado de varias ayudas simultáneas. El principio fiscal es claro: no puedes deducirte lo que no has pagado tú.

Cualquier subvención recibida, programas Next Generation EU, ayudas autonómicas, bonificaciones municipales, debe restarse de la base deducible. El importe resultante es el que entra en las casillas de Renta WEB.

Además, las propias subvenciones tributan como ganancia patrimonial en el IRPF del ejercicio en que las cobras. Esto es un dato que muchos contribuyentes pasan por alto y que puede generar sorpresas en el borrador.

Lo que sí es compatible con las deducciones en cuota del IRPF:

  • Bonificaciones del IBI (hasta el 50% en algunos municipios de Cataluña) — actúan en un impuesto distinto
  • Bonificaciones del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) — reducen el coste inicial pero no computan como subvención del IRPF
  • La deducción autonómica de Cataluña — actúa sobre la cuota autonómica, no la estatal

8. Deducción autonómica en Cataluña: qué existe realmente

La Agencia Tributaria confirma que Cataluña tiene una deducción autonómica por rehabilitación de vivienda habitual del 1,5% del importe satisfecho, con una base máxima de 9.040 € al año. Está regulada en el artículo 612-4 del Decreto Legislativo 1/2024 (Código Tributario de Cataluña).

Esta deducción puede acumularse a la estatal siempre que la obra cualifique como rehabilitación de vivienda habitual: actúa sobre la cuota autonómica del IRPF, mientras que la estatal actúa sobre la cuota estatal. Son tramos distintos del impuesto.

Máximo que puede deducir un residente en Cataluña por este concepto:

  • 9.040 € × 1,5% = 135,6 € al año

Es un importe modesto, pero suma al ahorro estatal.

Si eres residente en Cataluña, además de la deducción fiscal, puedes beneficiarte de:

  • Bonificaciones del IBI en muchos municipios catalanes para viviendas con autoconsumo fotovoltaico
  • Programa de ICAEN de ayudas a la generación fotovoltaica para autoconsumo
  • Ayudas del Institut Català d’Energia (programa de incentivos al autoconsumo)

9. Comunitat Valenciana: la deducción autonómica más potente de España

Si resides en la Comunitat Valenciana, la situación es muy diferente a Cataluña. La Ley 13/1997 de la Generalitat Valenciana establece una deducción autonómica del 40% para instalaciones de autoconsumo en vivienda habitual (y 20% en segundas residencias).

  • Base máxima: 8.800 € por vivienda y ejercicio
  • Devolución máxima sobre cuota autonómica: hasta 3.520 € al año
  • Requisito: instalación registrada en el organismo competente (IVACE)
  • Compatibilidad: es acumulable a la deducción estatal del 40%, porque actúan sobre tramos distintos del IRPF

Es, con diferencia, la deducción autonómica más generosa de España para instalaciones solares residenciales: Subvenciones Generalitat Valenciana

10. Qué documentación necesitas conservar

La AEAT puede solicitar justificación de la deducción hasta cuatro años después de presentar la declaración. Guarda:

  • Facturas detalladas de la instalación (con NIF de la empresa, descripción de los trabajos, importes individualizados de materiales y mano de obra)
  • Justificantes de pago bancario (transferencia, tarjeta o cheque nominativo; no se admite efectivo)
  • CEE previo a las obras (con fecha de emisión, no más de dos años anterior al inicio)
  • CEE posterior a las obras (con fecha de emisión, acreditación de la mejora y registro en el organismo autonómico)
  • Justificantes de subvenciones recibidas y su importe exacto
  • En comunidades de propietarios: certificado de la comunidad con el importe total del gasto y el coeficiente de participación de cada propietario

Preguntas Drecuentes sobre la Deducción IRPF por Placas Solares (FAQ)

¿Puedo deducir placas solares instaladas en 2025 en la renta 2025 (campaña 2026)?

Depende de cuándo se emitió el Certificado de Eficiencia Energética posterior. Si el CEE se emitió antes del 1 de enero de 2026, sí puedes declarar la deducción en la renta 2025 sin incertidumbre. Si el CEE se emitió en 2026, la deducción depende de que la prórroga normativa sea finalmente aprobada antes de que presentes la declaración.

¿Cuánto devuelve Hacienda por instalar placas solares?

Depende del tipo de mejora acreditada. Por la vía del 40% (reducción del 30% en consumo no renovable o letra A/B), la devolución máxima es 3.000 € por año (40% de 7.500 € de base). Por la vía del 60% en edificios, hasta 3.000 € al año con un máximo acumulado de 9.000 €.

¿Las placas solares dan derecho a la deducción del 60%?

Solo si están instaladas en un edificio residencial colectivo y la mejora cumple los requisitos del edificio en su conjunto (reducción del 30% o letra A/B del edificio). En vivienda individual, lo habitual es el 40%.

¿Qué pasa si recibí una subvención por mi instalación solar?

Debes restarla de la base deducible. Además, la subvención tributa como ganancia patrimonial en el IRPF del año en que la recibes. Ambos efectos (reducción de base + tributación de la ayuda) deben reflejarse correctamente en tu declaración.

¿Puedo deducirme las placas solares si las instalé en una segunda residencia?

Con la normativa del RDL 8/2023 (la última confirmada sin incertidumbre), la deducción del 40% aplica a vivienda habitual o vivienda arrendada, no a segunda residencia de uso personal. La deducción del 60% sí puede aplicarse en cualquier vivienda del propietario cuando pertenece a un edificio residencial donde se hacen obras colectivas.

¿Cuál es la casilla de la renta para la deducción de placas solares?

El apartado se llama “Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas” y abarca las casillas 1655 a 1680 (datos de la obra) y las casillas 1772 a 1779 (deducción aplicada en cuota).

¿Es compatible la deducción IRPF con el bono solar o las ayudas Next Generation?

Sí, son compatibles, pero el importe de cualquier subvención o ayuda pública recibida debe restarse de la base sobre la que aplicas la deducción. Lo que te subvenciona el Estado no puede deducirlo dos veces.

¿Se puede deducir la deducción por placas solares y la del coche eléctrico en el mismo año?

Sí, son deducciones independientes. La deducción por vehículo eléctrico (15% con base máxima de 20.000 €) también ha tenido sus propios problemas de prórroga en 2026 y su situación normativa es paralela a la de eficiencia energética.

Por qué conviene asesorarse antes de declarar esta deducción

Las deducciones por eficiencia energética son una de las áreas donde más errores se cometen en la declaración de la renta: bases mal calculadas por no descontar subvenciones, CEE con defectos de forma que Hacienda no reconoce, elección incorrecta del tramo de deducción, o aplicación de deducciones en el ejercicio equivocado (el que decide es la fecha del CEE posterior, no la de la obra).

En Veritas Gestión, gestoría en Parets del Vallès (Barcelona) con más de 15 años de experiencia, revisamos tu caso concreto: calculamos la base deducible correcta tras descontar subvenciones, verificamos que el CEE cumple los requisitos formales, elegimos el tramo adecuado y nos aseguramos de que la declaración no deja ningún euro de deducción sin aprovechar.

Atendemos en nuestra oficina de Parets del Vallès y por videollamada para clientes de toda España.

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  • Revisión completa del borrador de renta con deducciones por eficiencia energética
  • Verificación de la base deducible y el impacto de las subvenciones recibidas
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  • Coordinación con el ejercicio correcto de aplicación según fecha del CEE
  • Seguimiento de la evolución normativa de la prórroga 2026

La campaña de la renta 2026 empieza en abril. Si tienes placas solares instaladas y no quieres dejar dinero sobre la mesa, cuanto antes lo revisemos, mejor.

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