La mayoría de los seguros que pagas no desgravan en la declaración de la renta. Los que sí lo hacen son básicamente cuatro: aportaciones a planes de pensiones y planes de previsión asegurados (PPA), seguros de salud cuando eres autónomo, mutualidades alternativas a la Seguridad Social para profesionales colegiados, y seguros de dependencia dentro del límite común de previsión social. El resto (seguro de vida puro, hogar, coche, decesos, moto, viaje) no entra en la renta como deducción, salvo casos muy puntuales que también te explicamos aquí.
En esta guía te decimos exactamente qué seguro reduce tu base imponible o tu cuota, cuál es gasto deducible si eres autónomo, hasta qué importe puedes aplicarlo, en qué casilla va y qué errores nos llegan a oficina cuando alguien intenta meterse cosas que no proceden.
¿Qué significa que un seguro “desgrava” en la renta?
En lenguaje fiscal hay tres situaciones distintas que solemos llamar “desgravar”, y conviene diferenciarlas porque ni se aplican igual ni tienen el mismo efecto en lo que pagas.
- Reducción de la base imponible general. El importe del seguro o aportación se resta de tus ingresos antes de calcular el impuesto. Lo que ahorras depende de tu tipo marginal: si tributas al 30%, una aportación de 1.500 € te ahorra 450 € de impuestos. Ejemplo típico: planes de pensiones.
- Gasto deducible en la actividad (si eres autónomo). El importe reduce el rendimiento neto de tu actividad. Es decir, “antes de la base imponible”. Ejemplo típico: seguro de salud del autónomo, mutualidades alternativas.
- Deducción en cuota (estatal o autonómica). El importe del seguro reduce directamente lo que pagas, después de calcular el impuesto. Es la palanca más potente euro por euro, pero la menos habitual para seguros. Existe en algunas deducciones autonómicas por seguros muy concretos.
Cuando hablamos de “seguros que desgravan”, normalmente nos referimos a las dos primeras. Solo unas pocas comunidades autónomas mantienen deducciones en cuota por primas de seguros.
Tabla resumen: qué seguros desgravan y cuáles no
| Tipo de seguro | ¿Desgrava? | Vía | Límite anual 2026 |
|---|---|---|---|
| Plan de pensiones individual | Sí | Reducción base imponible | 1.500 € + 8.500 € si aporta empresa + 1.000 € por cónyuge sin rendimientos |
| Plan de Previsión Asegurado (PPA) | Sí | Reducción base imponible | Mismo límite común que pensiones |
| Seguro de dependencia | Sí | Reducción base imponible | Dentro del límite común de 1.500 € |
| Seguro de salud, autónomo | Sí | Gasto deducible en actividad | 500 € por persona (autónomo, cónyuge, hijos <25); 1.500 € si discapacidad |
| Seguro de salud pagado por la empresa al trabajador | Sí, vía exención | Renta en especie exenta | 500 € por persona y año, 1.500 € si discapacidad |
| Mutualidad alternativa al RETA (profesional colegiado) | Sí | Gasto deducible en actividad | 17.323,68 € en 2026 (general); 4.500 € en Navarra |
| Seguro de vida riesgo individual | No, en general | (Excepciones puntuales) | No aplica |
| Seguro de vida ligado a hipoteca anterior a 2013 | Sí, vía régimen transitorio | Deducción inversión vivienda habitual | Solo si compraste antes del 1/1/2013 |
| Seguro de hogar | No, en general | (Sí si es vivienda alquilada, como gasto del arrendador) | No aplica al inquilino |
| Seguro de coche particular | No | n/a | No aplica |
| Seguro de coche afecto a la actividad | Sí | Gasto en actividad | Según afectación |
| Seguro de decesos | No | n/a | No aplica |
| Seguro de viaje, accidentes, asistencia | No, en general | n/a | No aplica |
Plan de pensiones y Plan de Previsión Asegurado (PPA): cuánto puedes deducir
El plan de pensiones es el caso más conocido de “seguro que desgrava”, aunque técnicamente sea un sistema de previsión social y no un seguro propiamente dicho. El Plan de Previsión Asegurado (PPA) funciona exactamente igual a efectos fiscales: es la versión “asegurada” del plan de pensiones, garantiza un tipo de interés y suele contratarse en compañías de seguros.
Límites vigentes en 2026 (no cambian respecto a 2025):
- Aportación individual con derecho a reducción: hasta 1.500 €/año. Reduce la base imponible general.
- Aportación empresarial: si tu empresa hace contribuciones a tu plan de empleo, puedes aportar hasta 8.500 €/año adicionales por encima del límite individual. El total combinado entre tú y la empresa puede llegar a 10.000 €/año.
- Aportación al plan de pensiones del cónyuge: si tu cónyuge no obtiene rendimientos del trabajo y actividades económicas o son inferiores a 8.000 €/año, puedes aportar a su plan hasta 1.000 €/año y reducirlos también de tu base.
- Exceso: lo que aportes por encima del límite no se pierde. Puedes aplicarlo en los cinco ejercicios siguientes, respetando los límites de cada año.
Cómo se aplica: reduce la base imponible general. Si tributas al 30%, una aportación de 1.500 € te baja 450 € lo que pagas. Si tributas al 47% (tramo más alto en buena parte de España), la misma aportación te ahorra 705 €.
Casilla en Renta Web: casillas 461 a 470 según el tipo de aportación (a tu propio plan, al del cónyuge, al de un familiar con discapacidad). Renta Web te guía paso a paso si seleccionas la reducción.
Importante: el rescate del plan tributa íntegramente como rendimiento del trabajo cuando lo cobras. La aportación reduce hoy, pero el “premio” se paga al rescatar. Conviene calcular bien el momento del rescate, especialmente desde la reforma del rescate en forma de capital con la reducción del 40% para aportaciones anteriores a 2007.
Seguro de salud cuando eres autónomo
Si eres autónomo en estimación directa (normal o simplificada), puedes deducir las primas del seguro de salud para autónomos como gasto de tu actividad, dentro de unos límites.
Límite vigente 2026:
- 500 €/año por persona asegurada en cobertura: el propio autónomo, su cónyuge y los hijos menores de 25 años que convivan con él.
- 1.500 €/año por persona si la persona asegurada tiene discapacidad.
Es decir, una familia formada por autónomo, cónyuge y dos hijos menores de 25 puede deducir hasta 2.000 €/año (4 × 500 €). Si hay un hijo con discapacidad reconocida, el tope sube por ese miembro.
Casilla: dentro de los gastos de la actividad (modelo 100, anexo correspondiente). En Renta Web, en la sección de rendimientos de actividades económicas, dentro de “primas de seguros”.
Requisito clave: el contrato debe estar a nombre del autónomo y la prima debe estar efectivamente pagada en el ejercicio. Si la cobertura es solo del autónomo, una sola línea de 500 €. Si incluye a la familia, hay que tener la documentación que acredita la cobertura por miembro. Si trabajas desde casa, conviene además revisar qué deducciones aplican a un autónomo que trabaja desde casa (luz, agua, internet, parte de la hipoteca) para no dejarte nada por el camino.
Importante para asalariados: un asalariado por cuenta ajena no puede deducir su seguro de salud privado en la renta. La única vía indirecta es que la empresa contrate y pague la prima como retribución en especie: en ese caso, queda exenta hasta 500 € por persona (1.500 € si discapacidad) y no tributa en nómina. Negociar con tu empresa que asuma la prima a cambio de salario equivale, fiscalmente, a una subida neta del sueldo en personas con tipo marginal medio o alto.
Mutualidad alternativa al RETA para profesionales colegiados
Algunos profesionales colegiados (abogados, arquitectos, ingenieros técnicos, médicos, procuradores y otros) pueden optar por una mutualidad de previsión social en lugar de cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Las cuotas pagadas a esa mutualidad son gasto deducible en su actividad profesional, igual que las cuotas de la Seguridad Social para el resto de autónomos.
Límite 2026:
- 17.323,68 €/año en territorio común y territorios forales del País Vasco. Es la cuota máxima por contingencias comunes vigente para 2026.
- 4.500 €/año en Navarra.
Cómo funciona el exceso: si las aportaciones a la mutualidad superan ese límite, el exceso (la parte que excede la cuota máxima por contingencias comunes) puede reducir la base imponible general dentro de los límites comunes de los sistemas de previsión social. Es una vía adicional muy interesante para profesionales con ingresos altos.
Importante: las mutualidades de previsión social también admiten aportaciones complementarias de cualquier autónomo o trabajador, no solo de profesionales colegiados que las usan como alternativa al RETA. En ese caso, las aportaciones siguen el régimen general de planes de pensiones (límite de 1.500 €/año en base imponible).
Seguro de dependencia: el complemento menos conocido
Las primas pagadas a un seguro de dependencia privado que cubra exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia (en los términos de la Ley de Dependencia) se asimilan a aportaciones a planes de pensiones y reducen la base imponible general.
Límite: se computan dentro del límite común de 1.500 €/año (compartido con planes de pensiones, PPA y otros sistemas de previsión social).
Si ya estás aportando 1.500 € a tu plan de pensiones, el seguro de dependencia no añade ahorro fiscal adicional ese año. Si solo aportas, por ejemplo, 800 € al plan, puedes complementar con 700 € en seguro de dependencia hasta agotar el límite.
Pueden aportar también el cónyuge, los parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado y la propia persona protegida, dentro del mismo límite común.
Seguros que NO desgravan (con sus excepciones)
Seguro de vida puro
Regla general: un seguro de vida riesgo individual (el típico contratado con la hipoteca o por libre) no desgrava en la renta del estado.
Excepciones:
- Seguro de vida ligado a hipoteca firmada antes del 1 de enero de 2013: si conservas el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, las primas del seguro de vida obligatorio asociadas al préstamo hipotecario sí entran dentro de la base de la deducción por adquisición de vivienda. Es un nicho cada vez más pequeño porque solo aplica a quien compró antes de 2013 y mantuvo la deducción.
- Deducciones autonómicas: algunas comunidades han mantenido o creado deducciones autonómicas por primas de seguros de vida en casos muy concretos (víctimas de terrorismo, familias numerosas con condiciones, etc.). Hay que mirar la deducción autonómica específica de tu comunidad cada año.
Seguro de hogar
Regla general: la prima del seguro de hogar de tu vivienda habitual no desgrava.
Excepción importante: si tienes un piso en alquiler y eres tú el arrendador, el seguro de hogar (continente y/o impago de alquiler) es gasto deducible del rendimiento del capital inmobiliario en tu IRPF. Si tienes dudas sobre quién paga el seguro de una vivienda alquilada, conviene aclararlo en el contrato antes de firmarlo.
Seguro de coche
Regla general: el seguro de coche particular no desgrava en la renta.
Excepción: si el vehículo está afecto a tu actividad económica como autónomo (uso 100% empresarial), el seguro es gasto deducible. Los vehículos de uso mixto particular y empresarial (taxi, transporte, comerciales) tienen reglas específicas y, en la mayoría de actividades por cuenta propia, la AEAT solo admite afectación exclusiva.
Seguro de decesos
Regla general: no desgrava en ningún caso. Es un seguro de ahorro/previsión privada que se paga con renta ya gravada.
Otros seguros que no desgravan
- Seguro de viaje y asistencia.
- Seguro de accidentes individual.
- Seguro de mascotas.
- Seguro de móvil, electrodomésticos, etc.
- Seguro de protección de pagos.
Casos especiales que vemos en oficina
Seguros pagados por la empresa al trabajador
Si tu empresa contrata y paga directamente un seguro de salud o un seguro de vida-accidentes con cobertura por el desempeño profesional, la prima es retribución en especie, pero con reglas favorables:
- Seguro de salud: exento hasta 500 € por persona y año (1.500 € si discapacidad), también para cónyuge e hijos.
- Seguro de vida-accidentes obligatorio por convenio o derivado de la actividad: no tributa para el trabajador, es gasto del empleador. Esta exención forma parte de las rentas exentas de IRPF que conviene conocer.
Si tu empresa te ofrece “subir el sueldo” o “pagarte el seguro”, la segunda opción suele ser fiscalmente mejor en tipos marginales medios y altos.
Compatibilidad entre seguro de salud autónomo y mutualidad
Si eres autónomo profesional colegiado y cotizas en una mutualidad alternativa al RETA, puedes acumular la deducción del seguro de salud (500 € por miembro) como gasto adicional de la actividad. Son deducciones independientes que no se solapan.
Pareja de hecho y planes de pensiones
La reducción adicional por aportar al plan de pensiones del cónyuge no aplica a parejas de hecho salvo en supuestos muy concretos. La AEAT exige matrimonio para la aportación deducible al plan del cónyuge sin rendimientos suficientes.
Plan de pensiones de un hijo con discapacidad
Las aportaciones a planes de pensiones constituidos en favor de personas con discapacidad (≥65% física o ≥33% psíquica) tienen un régimen propio con límite combinado de 24.250 €/año entre la persona con discapacidad y sus familiares hasta tercer grado.
Errores frecuentes que vemos en oficina
En más de veinte años haciendo declaraciones en Veritas Gestión, estos son los fallos que más nos llegan con seguros y previsión social.
- Intentar deducir el seguro de vida de la hipoteca contratada después de 2013. Es el error más común. Solo desgrava si la hipoteca es anterior al 1 de enero de 2013 y mantienes el régimen transitorio.
- Asalariado que se cree que puede deducir su seguro de salud privado. No puede, salvo que sea autónomo (aunque sea solo a tiempo parcial con otra actividad por cuenta propia). La vía es renegociar con la empresa.
- No restar de la base la subvención o ayuda autonómica recibida. Si una administración te ha pagado parte de la prima, la base de deducción es lo pagado de bolsillo.
- Aportar al plan de pensiones del cónyuge sin que sea cónyuge (pareja de hecho). No se admite. Hay que estar casado.
- Superar el límite de 1.500 € en aportaciones a plan de pensiones individual sin saberlo. El exceso no se pierde, pero no reduce ese año. Hay que solicitar la devolución a la entidad o trasladarlo a los 5 ejercicios siguientes.
- Olvidar la prorrata si el seguro de salud cubre solo parte del año. Las primas se deducen por el periodo efectivamente cubierto y pagado.
- Mezclar el seguro de salud privado con el seguro de salud pagado por la empresa. Si tu empresa ya paga 500 € exentos, lo que pagues tú por encima no desgrava si eres asalariado.
- Pensar que un seguro de vida ahorro o unit-linked desgrava como plan de pensiones. No. Solo desgravan los productos que cumplen con la definición de sistemas de previsión social (planes de pensiones, PPA, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia, mutualidades).
Preguntas Frecuentes sobre Seguros que Desgravan en la Renta (FAQ)
¿Cuánto desgrava un plan de pensiones en la renta?
Reduce tu base imponible hasta 1.500 € de aportación individual al año (más 8.500 € si la empresa también aporta y más 1.000 € si aportas al plan del cónyuge sin rendimientos). El ahorro real depende de tu tipo marginal: a un tipo del 30%, 1.500 € aportados te bajan 450 € lo que pagas.
¿El seguro de vida desgrava en la renta?
No, salvo dos excepciones: si compraste vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y mantienes el régimen transitorio de deducción por adquisición de vivienda, o si tu comunidad autónoma tiene una deducción autonómica concreta por primas de seguros de vida (muy poco habitual).
Soy autónomo, ¿puedo deducir el seguro de salud de toda mi familia?
Sí, hasta 500 € por miembro y año, incluyendo tu cónyuge y tus hijos menores de 25 que convivan contigo. Si alguien tiene discapacidad reconocida, su tope sube a 1.500 €. Se deduce como gasto en la actividad, no como reducción de base personal. Mira las coberturas habituales de un seguro de salud para autónomos antes de contratarlo.
¿Puedo deducir el seguro de hogar si vivo de alquiler?
No, ni como inquilino ni como propietario que vive en la vivienda. Sí lo deduce el propietario cuando alquila la vivienda a un tercero, como gasto del rendimiento del capital inmobiliario.
¿Las aportaciones a la mutualidad de la abogacía desgravan?
Sí. Si actúa como alternativa al RETA, las cuotas son gasto deducible en tu actividad profesional hasta 17.323,68 €/año en 2026 (4.500 € en Navarra). El exceso puede reducir la base imponible general dentro de los límites comunes de los sistemas de previsión social.
¿Qué pasa con el seguro de salud que paga mi empresa?
No tributa en tu nómina como retribución en especie hasta 500 €/año por persona asegurada (tú, cónyuge e hijos menores de 25), 1.500 € si discapacidad. Es una vía interesante para negociar con la empresa: si te paga el seguro en vez de subirte el sueldo, ganas neto.
¿Y los seguros que pago con la hipoteca? ¿Alguno desgrava?
Solo si la hipoteca es anterior al 1 de enero de 2013. En ese caso, las primas del seguro de vida y de hogar obligatorios por el préstamo entran en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual del régimen transitorio.
El seguro de decesos, ¿no es deducible de ningún modo?
No. El seguro de decesos no entra en ninguna reducción ni deducción estatal del IRPF. Tampoco hay deducciones autonómicas relevantes vigentes en 2026.
¿Y si tengo dos planes de pensiones distintos? ¿Se suman los topes?
No. El límite de 1.500 €/año es conjunto para todas tus aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, PPA, seguros de dependencia, mutualidades complementarias). Si aportas 800 € a uno y 800 € a otro, te excedes en 100 €.
¿Prefieres que la revisemos contigo?
En Veritas Gestión llevamos los dos lados de esta mesa: somos correduría de seguros y gestoría fiscal. Te montamos la declaración mirando todo lo que estás pagando en seguros y previsión, y te decimos exactamente qué te desgrava, qué no y por qué.
La revisa José Luis Franco, nuestro gestor con más de 20 años de experiencia. Si tienes plan de pensiones, mutualidad, seguro de salud como autónomo, vivienda alquilada o hipoteca antigua, hay margen real para ajustar la declaración y pagar lo justo.
Puedes venir a nuestra oficina en Parets del Vallès (con cita previa) o gestionarlo por teléfono si no te queda cerca. Te explicamos cada decisión para que entiendas qué deduces, hasta qué tope y dónde está la letra pequeña.
Autor del contenido: José Luis Franco, gestor fiscal en Veritas Gestión con más de 20 años de experiencia preparando declaraciones de la renta en Parets del Vallès y comarca. Atiende a particulares, autónomos y empresas tanto en oficina como por teléfono.



