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Residencia por la Ley de Emprendedores en España: Guía Completa
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Qué es la Ley de Emprendedores
Todo lo que debes saber...
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, abre una vía de residencia para perfiles que interesan a la economía española: emprendedores con un proyecto innovador, profesionales altamente cualificados, investigadores, trabajadores trasladados dentro de su propia empresa y teletrabajadores internacionales. Se tramita por vía electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) y tiene un plazo máximo de resolución de veinte días.
Esta ley ya no incluye la residencia por inversión, la que se conocía como Golden Visa. Los artículos que la regulaban quedaron sin contenido el 3 de abril de 2025. Si tienes una autorización concedida antes de esa fecha, sigue siendo válida y te contamos qué pasa con tu renovación en la página de residencia por inversión.
Normativa que regula la Ley de Emprendedores
- Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. La parte de residencia es la sección 2.ª de su título V.
- Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes, que cambió los requisitos de la residencia para emprendedores con efectos desde el 23 de diciembre de 2022.
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que dejó sin contenido los artículos de la residencia para inversores con efectos desde el 3 de abril de 2025.
- Real Decreto 1155/2024, reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, que se aplica con carácter supletorio en lo que la Ley 14/2013 no regula.
Qué autorizaciones de residencia puedes solicitar hoy
La Ley de Emprendedores mantiene cinco vías abiertas. Todas se tramitan ante la UGE por medios electrónicos y todas exigen, además de sus requisitos propios, los requisitos generales que verás más abajo.
Residencia para emprendedores
Es la vía para quien va a iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica propia en España. La autorización tiene una vigencia de tres años, se renueva por dos más y abre la puerta a la residencia permanente a los cinco años.
El requisito de fondo es que la actividad sea innovadora y/o tenga un especial interés económico para España, y que cuente con un informe favorable de ENISA. Ese informe lo pide de oficio la UGE cuando presentas la solicitud, es preceptivo y se emite en diez días hábiles. No tienes que gestionarlo tú por separado.
Para valorar el proyecto se tienen en cuenta tres cosas: tu perfil profesional y tu implicación real en él, el plan de negocio con su financiación, y qué valor añadido, innovación u oportunidad de inversión aporta a la economía española. Conviene saber que la ley ya no exige un número mínimo de puestos de trabajo: dejó de ser criterio prioritario en la reforma de 2022.
Ver requisitos y documentación.
Residencia para profesionales altamente cualificados
Para profesionales que una empresa necesita incorporar en España en un puesto de alta cualificación. Tiene dos modalidades, una de ellas la Tarjeta azul-UE. Ver requisitos y documentación.
Residencia para investigadores
Para quien va a desarrollar un proyecto de investigación en una entidad pública o privada reconocida en España. Ver requisitos y documentación.
Residencia por traslado intraempresarial
Para el trabajador al que su empresa traslada a España dentro del mismo grupo empresarial. Ver requisitos y documentación.
Residencia para teletrabajadores internacionales (nómada digital)
Para quien trabaja en remoto para empresas o clientes situados fuera de España. Ver requisitos y documentación.
La Golden Visa ya no se puede solicitar
La residencia por inversión que regulaba esta ley dejó de existir el 3 de abril de 2025. No es que se eliminara solo la modalidad de compra de vivienda: quedaron sin contenido los cinco artículos que la regulaban, y con ellos todas las modalidades de inversión.
Si ya tienes una autorización concedida, no la pierdes por esto. Lo que cambia es el escenario de las renovaciones, y ahí conviene mirar tu caso concreto. Lo explicamos en la página de residencia por inversión, junto con las vías que sí siguen abiertas para un perfil inversor.
Requisitos generales de la Ley de Emprendedores
Además de lo que pida su vía concreta, quien solicita una autorización de residencia de esta sección tiene que acreditar:
- No encontrarse en situación irregular en territorio español.
- Ser mayor de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los dos últimos años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español. Se presenta además una declaración responsable de que no los hay en los últimos cinco años.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga convenio en ese sentido.
- Contar con un seguro de enfermedad, público o privado, concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para uno mismo y para los familiares que le acompañen durante su residencia.
- Haber abonado la tasa de tramitación.
Esta sección de la ley no se aplica a los ciudadanos de la Unión Europea ni a quienes tengan derechos de libre circulación equivalentes por acuerdos entre la Unión Europea y terceros países. Si es tu caso, tu vía es otra y te indicamos cuál.
Cómo se solicita y cuánto tarda
La solicitud se presenta por medios electrónicos ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, que es quien tramita. La concesión corresponde a la Dirección General de Migraciones.
El plazo máximo de resolución es de veinte días desde que presentas la solicitud electrónicamente. Si pasa ese plazo sin respuesta, se entiende estimada por silencio administrativo. Presentar la solicitud prorroga la vigencia de la residencia o estancia que ya tuvieras hasta que se resuelva.
Cuando la autorización tenga una vigencia superior a seis meses, hay que tramitar después la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), que es el trámite presencial de huella en comisaría.
Renovación de la autorización
Estas autorizaciones se renuevan por periodos de dos años mientras se mantengan las condiciones que dieron lugar a la concesión. La renovación también se tramita por medios electrónicos.
Presentar la solicitud de renovación prorroga la validez de la autorización hasta que se resuelva. Y si se te ha pasado la fecha, la ley conserva esa prórroga siempre que la presentes dentro de los noventa días siguientes al vencimiento, sin perjuicio de que pueda abrirse el expediente sancionador que corresponda.
Cómo te ayuda Veritas Gestión
Preparamos y presentamos el expediente completo: revisión de tu caso para ver qué vía te encaja, preparación de la documentación, presentación electrónica ante la UGE y seguimiento hasta la resolución.
El contenido de esta página lo firma José Luis Franco Puyal, gestor administrativo colegiado (col. 3832), y lo revisa Eloi Tomàs Laporta, abogado colegiado (col. 779 del ICAFÍ), con quien Veritas Gestión trabaja en alianza para los asuntos de extranjería. Cuando un caso necesita dirección letrada, es él quien la lleva.
Puedes contactar con nosotros por teléfono en el 624 694 190, por correo en info@veritasgestion.com, por WhatsApp o con el formulario que tienes más abajo.
Información revisada por profesionales colegiados
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Preguntas Frecuentes Ley Emprendedores (FAQ)
¿Cuánto tiempo tarda la resolución de mi solicitud?
El plazo máximo es de veinte días desde que la solicitud se presenta electrónicamente ante el órgano que la tramita. Si pasa ese plazo sin respuesta, se entiende concedida por silencio administrativo positivo.
¿Dónde presento mi solicitud?
La tramitación se hace por medios electrónicos ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, y la concesión corresponde a la Dirección General de Migraciones. Si estás fuera de España, una vez concedida la autorización solicitas el visado de residencia en el consulado que te corresponda.
¿Qué puedo hacer si mi solicitud es denegada?
Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico del que la dictó, en el plazo de un mes desde la notificación si la denegación es expresa, según los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015. Conviene revisar el motivo concreto de la denegación antes de decidir si el recurso es la mejor vía.
¿Necesito hacer el trámite de huella?
Solo si la autorización que te conceden tiene una vigencia superior a seis meses. En ese caso hay que solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), que sí exige acudir presencialmente a comisaría para la toma de huellas.
¿Puedo pedir todavía la Golden Visa?
No. La residencia por inversión de esta ley dejó de poder solicitarse el 3 de abril de 2025, y no solo en su modalidad de compra de vivienda: decayeron todas las modalidades de inversión. Las autorizaciones concedidas antes de esa fecha siguen siendo válidas.



