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Arraigo de Segunda Oportunidad 2025: Requisitos, Plazos y Cómo Solicitarlo

Arraigo de Segunda Oportunidad 2025: Requisitos, Plazos y Cómo Solicitarlo

En Veritas Gestión te explicamos todo sobre el Arraigo de Segunda Oportunidad, una nueva figura de la reforma del Reglamento de Extranjería que entra en vigor en 2025. Si perdiste tu residencia o fuiste solicitante de asilo denegado, esta puede ser tu vía para regularizar tu situación en España. ¡Te contamos cómo funciona y cómo podemos ayudarte!

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¿Qué es el arraigo de segunda oportunidad?

El Arraigo de Segunda Oportunidad es una autorización de residencia temporal creada por la reforma del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 629/2024, noviembre de 2024). Está diseñada para personas que han perdido su residencia legal en España o solicitantes de protección internacional cuya solicitud fue denegada, ofreciéndoles una nueva oportunidad para regularizarse. Entrará en vigor el 20 de mayo de 2025 y busca facilitar la integración de quienes han vivido en España de forma continuada.

Requisitos generales para solicitar el arraigo de segunda oportunidad

Para acogerse a esta figura, es necesario cumplir con los siguientes requisitos generales:

  1. Permanencia continuada: Haber residido en España al menos 2 años consecutivos antes de la solicitud. (Nota: El tiempo como solicitante de asilo no cuenta hasta que haya resolución firme.)
  2. Pérdida de residencia: Haber tenido una autorización de residencia previa que ya no esté vigente, salvo por motivos de orden público, seguridad o salud pública.
  3. Sin antecedentes penales: No tener antecedentes en España ni en países de residencia anteriores en los últimos 5 años.
  4. Situación actual: No estar en trámite de asilo pendiente; debe haber resolución firme (aprobada o denegada).
  5. No figurar como rechazable: No estar incluido como persona rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga convenios en tal sentido.
  6. Compromiso de no retorno: No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
  7. Pago de tasas: Haber abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.

Ejemplo: Si solicitaste asilo en 2022, te lo denegaron en 2024 y llevas 2 años más en España, podrías optar a este arraigo en 2025.

Requisitos específicos del arraigo de segunda oportunidad

Además de los requisitos generales, se deben cumplir los siguientes requisitos específicos:

  • Antigua Autorización de Residencia: Haber sido titular de una autorización de residencia (que no fuera por circunstancias excepcionales) en los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud, y cuya renovación no se produjo por motivos distintos a razones de orden público, seguridad o salud pública.

Documentación necesaria para solicitar arraigo de segunda oportunidad

Al presentar la solicitud, se debe adjuntar la siguiente documentación:

  • Pasaporte completo y en vigor: Copia completa del pasaporte vigente.
  • Acreditación de la permanencia en España: Documentos que demuestren la estancia continuada en España durante los dos años anteriores a la solicitud (por ejemplo, empadronamientos, contratos de alquiler, recibos, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales: Certificado en vigor, debidamente traducido y legalizado, que acredite la ausencia de antecedentes penales en España y en los países de residencia anteriores.
  • Justificante de la antigua autorización de residencia: Documentos que acrediten haber sido titular de una autorización de residencia en los dos años anteriores a la solicitud.

Proceso de solicitud del arraigo de segunda oportunidad

El proceso para solicitar el Arraigo de Segunda Oportunidad incluye los siguientes pasos:

  1. Preparación de la Documentación: Reunir toda la documentación requerida, asegurándose de que esté completa y en vigor.
  2. Presentación de la Solicitud: La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de residencia. Es recomendable solicitar cita previa y verificar los procedimientos específicos de cada oficina.
  3. Pago de Tasas: Abonar las tasas correspondientes al procedimiento y conservar el justificante de pago.
  4. Resolución de la Solicitud: La administración tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud. Si no hay respuesta en este periodo, se puede entender como desestimada por silencio administrativo.
  5. Expedición de la Tarjeta de Residencia: Una vez concedida la autorización, se debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de policía correspondiente.

Conclusión

El Arraigo de Segunda Oportunidad representa una vía legal para que aquellos extranjeros que han perdido su autorización de residencia puedan regularizar su situación en España. Cumplir con los requisitos y seguir el proceso adecuado es fundamental para acceder a esta oportunidad.

Si estás buscando un abogado de extranjería para tramitar tu permiso de residencia en España, en Veritas Gestión podemos ayudarte. Contáctanos para obtener asesoramiento y un presupuesto ajustado a tu caso.

Preguntas Frecuentes sobre el Arraigo de Segunda Oportunidad

  • ¿Cuándo entra en vigor el Arraigo de Segunda Oportunidad?
    Entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, según la reforma publicada en noviembre de 2024.
  • ¿Puedo solicitarlo si perdí mi residencia por motivos de orden público?
    No, la pérdida de residencia por razones de orden público, seguridad o salud pública es un impedimento para este arraigo.
  • ¿El tiempo como solicitante de asilo cuenta para los 2 años de permanencia?
    No, el tiempo como solicitante de protección internacional no se contabiliza hasta que haya una resolución firme (aprobada o denegada). Por ejemplo, si estuviste 3 años en trámite y te denegaron en 2024, solo cuentan los años posteriores a la resolución.
  • ¿Qué sucede si tengo antecedentes penales?
    Es obligatorio no tener antecedentes penales en España ni en países de residencia previa en los últimos 5 años. Si los tienes, tu solicitud podría ser denegada.
  • ¿Puedo solicitarlo si mi asilo sigue en trámite?
    No, necesitas una resolución firme. Si tu caso aún está pendiente, deberás esperar a que se resuelva antes de optar por este arraigo.
  • ¿Cuánto dura esta autorización?
    Inicialmente, se otorga por 1 año, renovable si cumples las condiciones de renovación.

¿Tienes más dudas? Contáctanos

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